El Gobierno Regional de Castilla-La Mancha ha publicado sus ayudas para la transformacion digital de las pymes de la region.
Su proyecto, Adelante digitalización se compone de dos planes de subvencion:
- Adelante digitalización – Comercio electrónico y Negocio Digital
- Adelante digitalización – Transformación digital de la industria manufacturera.
Ambos plazos de solicitud de 5 meses :
Del 17/01/2019 hasta el 15/06/2019
Os explicamos en que consisten los dos planes:
Adelante digitalización – Comercio electrónico y Negocio Digital
BENEFICIARIOS
Pymes, excluidos aquellos proyectos presentados por artesanos/as y empresas artesanas.
ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES
Las actividades y sectores que son subvencionables vienen recogidos en el Anexo I de la Orden de 164/2018, reguladora de estas ayudas.
Con el fin de facilitar la búsqueda de los códigos o las actividades según la CNAE 2009 que son subvencionables, se incorpora más abajo un fichero con la relación de éstas con un carácter meramente informativo.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES
Comercio electrónico: Siempre que realize alguna de estas actuaciones
- Establecer nuevos canales de venta, mediante la creación de una tienda online para la venta de productos y servicios o emprender un negocio digital que comprenda la creación de una tienda digital.
- Adaptación de de tiendas virtuales ya existentes para incorporar la funcionalidad de venta on line.
- La mejora de herramientas de sofware de comercio electrónico ya implantadas o su sustitución por otras nuevas, la sustitución de una tienda virtual con venta online por otra nueva o la mejoras a la misma. En ambos casos la mejora debe implicar nuevas funcionalidades y no la mera reposición de aplicaciones.
Marketing digital: Siempre que realize alguna de estas actuaciones
- Plan personalizado de marketing con acciones y estrategias publicitarias o comerciales a ejecutar en los medios y canales de internet, relacionadas con la venta de productos o servicios en el desarrollo de la actividad para la que se solicita subvención.
- Fomento de presencia y posicionamiento online
Portal web de comercio electrónico (Marketplaces)
Los proyectos acogidos a la presente línea no podrán ser inferiores al límite mínimo de inversión subvencionable de 3.000 euros.
GASTOS SUBVENCIONABLES
a) Gastos de consultoría. La prestación del servicio de asesoramiento especializado en comercio electrónico o marketing digital, a través de la asesoría personalizada e individualizada, realizada por profesionales o empresas especializadas en el sector de las TIC
b) Gastos de desarrollo web
c) Equipos para procesos de información y aplicaciones informáticas. Siempre que impliquen nueva funcionalidad.
d) Gastos de inscripción de la empresa en el portal de comercio electrónico elegido
CUANTÍAS
1º.Una vez elaborada la lista priorizada, la cuantía de la ayuda será de:
-Hasta un 70% de la inversión subvencionable.
-La cuantía de la ayuda podrá incrementarse en un 20%, cuando el proyecto se localiza en alguna de las siguientes zonas:
- Municipios incluidos en el Anexo al Decreto 31/2017, de 25 de abril, o en aquello municipios que, en su caso, se determine en posteriores periodos de programación.
- Territorios de los municipios considerados zonas prioritarias, y que ha sido establecidas en el Anexo al Decreto 52/2018, de 31 de julio.
Si un municipio se halla encuadrado en ambos casos el incremento anterior se aplicará una sola vez.
En todo caso, el máximo de subvención a conceder será de 10.000 euros.
PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución de los proyectos objeto de subvención tendrá una duración máxima de diez meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución de concesión. No obstante, las actuaciones subvencionables podrán comenzar a partir del día siguiente al de presentación de la solicitud.
Adelante digitalización – Transformación digital industria manufacturera
BENEFICIARIOS
Pymes cuya actividad corresponda a industrias manufactureras.
ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES
Las actividades y sectores que son subvencionables vienen recogidos en el artículo 18.1 y en el Anexo I de la Orden de 5 de noviembre de 2018 reguladora de estas ayudas.
Con el fin de facilitar la búsqueda de los códigos o las actividades según la CNAE 2009 que son subvencionables, se incorpora más abajo un fichero con la relación de éstas con un carácter meramente informativo.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES
Proyectos para la transformación digital de la industria manufacturera mediante la incorporación de las Tecnologías de la Electrónica, la Información y las Comunicaciones(TEICCs).
Comprobación de no inicio de la inversión para proyectos de cuantía superior a 55.000 €.
Los proyectos acogidos a la presente línea no podrán ser inferiores al límite mínimo de inversión subvencionable de 20.000 euros.
GASTOS SUBVENCIONABLES
a) Costes de consultoría, ingeniería y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva a la implementación del proyecto. Estos costes serán subvencionables hasta el límite del 30% de los costes subvencionables totales del proyecto.
b) Inversiones materiales (maquinaria, equipos, hardware y sistemas electrónicos) e inmateriales (licencias software y desarrollo de aplicaciones a medida). Cuando impliquen nuevas funcionalidades y no mera reposición.
Quedan excluidas las inversiones en terrenos, obra civil e instalaciones de la misma.
CUANTÍAS
Una vez elaborada la lista priorizada, la cuantía de la ayuda será de:
-Hasta un 70 % de la inversión subvencionable en concepto de costes de consultoría, ingeniería y servicios equivalentes.
-Hasta un 45 % de la inversión subvencionable en concepto de inversiones materiales e inmateriales cuando sea una microempresa o una pequeña empresa.
-Hasta un 35 % de la inversión subvencionable en concepto de inversiones materiales e inmateriales cuando sea una mediana empresa.
En todo caso, el máximo de subvención a conceder será de 100.000 euros.
PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución de los proyectos objeto de subvención tendrá una duración máxima de nueve meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución de concesión. No obstante, el inicio de los trabajos de las inversiones podrá comenzar a partir del día siguiente al de presentación de la solicitud, sin perjuicio de la comprobación de no inicio de la inversión.
Teneis la información original de los planes aquí: http://adelante-empresas.castillalamancha.es/adelante/adelante-comercializacion y http://adelante-empresas.castillalamancha.es/adelante/adelante-comercializacion-transformacion-digital-de-la-industria-manufacturera
Conclusión
Si dudábais sobre empezar en el mundo del comercio online, o necesitabáis un pequeño empujón, estos planes de subvención pueden ser la oportunidad que necesitábais . Si necesitais mas información podéis consultar contactar con nosotros.
¿Qué opinais, vais a dar el salto al mundo online gracias a estas subvenciones? Si queréis resolver cualquier duda, estaremos encantados de ayudaros desde la caja de comentarios, nuestro formulario de contacto o nuestro chat online
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